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Lo que todo bloqueador debe saber si el Gobierno declara estado de excepción

Desde el 1 de mayo, un bloqueo convocado por la COB y sectores campesinos mantiene a La Paz y El Alto con escasez de alimentos, medicamentos y combustible. Ante una posible declaratoria de conmoción interna, la ley contempla tres disposiciones clave sobre el accionar de policías y militares.

📅 08 de junio de 2026 ✍️ Redacción Administrador FmBolivia

Han pasado 39 días desde que el país enfrenta una presión sostenida sobre sus principales rutas. El 1 de mayo, la Central Obrera Boliviana (COB) junto a sectores campesinos iniciaron un bloqueo de caminos que, a estas alturas, ya afecta gravemente a dos de las regiones más pobladas del territorio nacional.

La Paz y la ciudad de El Alto son las más golpeadas por la medida. El libre tránsito de miles de personas está interrumpido, el ingreso de combustible se ha reducido drásticamente y los estantes de farmacias y mercados comienzan a mostrar vacíos preocupantes. La falta de medicamentos y alimentos perecederos empieza a sentirse en los hogares.

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Ante este panorama, el Gobierno evalúa la posibilidad de declarar estado de excepción bajo la figura legal de "conmoción interna". La nueva Ley de Regulación de Estados de Excepción, vigente en Bolivia, establece al menos tres disposiciones que todo ciudadano que participe en bloqueos debería conocer.

Primero: durante el estado de excepción, los policías y militares gozarán de presunción de legalidad. El artículo 26 de la norma señala que sus actuaciones "gozarán de presunción de legalidad operativa". Esto significa que, en la práctica, cualquier acción que realicen para despejar las rutas se considerará legítima de forma inmediata. Solo una investigación posterior podrá demostrar lo contrario.

Segundo: las Fuerzas Armadas pueden emplear fuerza letal en situaciones extremas. La ley autoriza la intervención de los militares cuando la Policía haya sido superada o exista insuficiencia operativa. El uso de la fuerza deberá ser "excepcional, diferenciado y estrictamente necesario", pero abre la puerta al empleo de fuerza potencialmente letal para neutralizar riesgos graves e inminentes contra la vida, la seguridad de la población o infraestructuras estratégicas del Estado. Si no hay otro medio para disolver una amenaza directa, los uniformados podrían usar sus armas.

Tercero: el Estado pagará la defensa legal de policías y militares. El artículo 27 dispone que el Órgano Ejecutivo debe proporcionar patrocinio legal a los efectivos de la fuerza pública y servidores públicos que sean investigados o procesados por actos cometidos durante el estado de excepción. La única excepción son los casos de tortura, desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual o graves violaciones a los derechos humanos.

Mientras la COB y los sectores campesinos mantienen firme el bloqueo iniciado el 1 de mayo, las autoridades analizan si la afectación continua al abastecimiento y al libre tránsito de millones de personas justifica activar este mecanismo constitucional. De concretarse, las reglas del conflicto cambiarían radicalmente.

📅 08/06/2026 7,910 Lecturas

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